Garantías
Las garantías son un medio que permite asegurar una obligación, por consiguiente se entiende que estos son accesorios de un contrato previo.
Desde el punto de vista jurídico, una garantía es un contrato accesorio (nunca principal, lo que significa que no puede existir sin una obligación previa o anterior a la creación de la misma) o instrumento que permite asegurar el cumplimiento forzoso o coactivo de una obligación, de forma más expedita que si fuera un acreedor común, lo que incluye hacer más costoso el incumplimiento para el deudor.
También puede entenderse como "Garantía" un contrato de fiel cumplimiento en caso de presentarse "condiciones" especiales que hace un productor o un vendedor sobre su producto o servicio, en beneficio del cliente.
Las garantías son en principio voluntarias, pero la ley puede establecer garantías especiales al igual que el juez, lo que se puede clasificar a las garantías según su origen en: convencional, legal y/o judicial.
Otra clasificación puede entenderse como la cosa u objeto que representa el cumplimiento de la garantía, así existen las reales (la hipoteca y la prenda) o las personales (la fianza).
Las garantías jurídica entendidas como una vía para asegurar el cumplimiento del contrato principal, permiten evitar que la insolvencia del deudor impida su ejecución, pero esta está enmarcada en una serie de principios, siendo los más comunes: Las garantías siempre serán patrimoniales; 2. Están limitadas al objeto principal (propter rem: propia del bien); 3. Las garantías y los privilegios puede existir simultáneamente, sin embargo, al momento de su ejecución, se debe acudir a un orden concursal específico; 4. La sujeción uniforme de los bienes del deudor (significa que terminará respondiendo sobre todos sus bienes, con excepción de los inejecutables previstos en la legislación del país respectivo).
Conoce más
Un excelente resumen sobre las garantías más comunes en el derecho, lo puede obtener de este enlace:
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